ATP: la AFIP extendió el plazo para tramitar los créditos para pagar salarios
El trámite se puede realizar a través del sitio web del organismo y los préstamos a tasa subsidiada se terminarán de gestionar ante una entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo viernes 21 de agosto inclusive el plazo para que las empresas tramiten el crédito a tasa subsidiada, la nueva herramienta que ofrece la última edición del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para las pymes y el resto de las empresas que lo soliciten para el pago de salarios.
El financiamiento para el pago de los salarios de julio está disponible para empleadores inscriptos en el ATP que registraron en junio una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30% en relación con el mismo mes del año pasado.
El trámite se puede realizar a través del sitio web del organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont y los préstamos se terminarán de gestionar ante una entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
La tasa de interés será cero si la variación nominal interanual en la facturación es de entre 0% y 10%; del 7,5% si la facturación mejoró entre el 10% hasta el 20% y 15% si la facturación creció más del 20% hasta el 30%.
Desde la AFIP afirmaron que la extensión del plazo apunta a facilitar el acceso a una de las herramientas del programa ATP para ofrecer alivio a los empleadores afectados por la pandemia de coronavirus.
Cabe recordar que los créditos a tasa subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de trabajadores de las empresas beneficiadas dado que el financiamiento se acredita directamente en las cuentas bancarias de cada una de los empleados.
Asimismo, la tasa de interés será fija y su nivel dependerá de la magnitud en la variación nominal de la facturación de cada empresa entre los meses de junio de 2020 y 2019.
Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo
Mientras que la tasa de interés será 0% si la variación nominal interanual en la facturación es de entre 0% y 10%; del 7,5% si la facturación mejoró entre el 10% hasta el 20%, y del 15% si la facturación creció más del 20% hasta el 30%.
En tanto, los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.
No obstante, en ningún caso el monto del crédito a tasa subsidiada podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de los trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020, de acuerdo a lo establecido por el ente recaudador.
De esta forma, una empresa con 10 trabajadores que cumpla con los criterios de elegibilidad podrá solicitar un máximo de hasta $202.500.
Más del 70% de las empresas que se anotaron en la cuarta etapa del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) fueron beneficiadas con algunos de los instrumentos disponibles, por lo que 1,8 millón de trabajadores que cumplen tareas en 200.000 firmas podrán acceder al pago de salarios subsidiados por parte del Estado.