Autorizan a un padre con prohibición de contacto con sus hijas a realizar videollamada
Un padre denunciado por violencia familiar, excluído de su hogar y con “prohibición de contacto y acercamiento”, fue autorizado por la Cámara Nacional en lo Civil a comunicarse por el sistema electrónico de video llamadas con sus dos hijas menores de edad, confirmaron hoy fuentes judiciales.
La decisión la tomó la Sala E de la Cámara al revocar un fallo de primera instancia y disponer la comunicación entre F.F y sus hijas para que se efectúe “mediante zoom, video llamada, skype, meet o aplicación similar, debiendo la progenitora arbitrar los medios necesarios para el cumplimiento” de la medida.
El tribunal evaluó que la madre de las niñas A.F.P. y F.F.P prestó su conformidad, aunque se opuso al levantamiento de las restricciones respecto de la también menor de edad L.P.A.P., hijastra del denunciado, por lo que la Oficina de Violencia Doméstica calificó como “situación de alto riesgo”.
La Sala E expuso que el pedido del padre debía ser analizado “con la finalidad de adoptar la solución que mejor resguarde los derechos de las menores F. y A.F. P. en el contexto actual y en el marco del aislamiento preventivo, social y obligatorio” por la pandemia de coronavirus.
Los camaristas Fernando Racimo y José Luis Galmarini destacaron que la conveniencia de la nueva medida “máxime cuando tampoco se ha acreditado fehacientemente la existencia de algún riesgo o perjuicio actual para las menores F. y A.F.P.”, completaron.