Causa Susana Giménez: la justicia determinó que no hubo engaño a la AFIP
El juez Amarante sostuvo que no hubo un intento de la diva de engañar a la agencia impositiva, que es lo que se requiere para que el tipo penal se configure.
El juez en lo penal económico Diego Amarante cerró la causa contra Susana Giménez, que había impulsado en su contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por la supuesta evasión de unos 50 millones de pesos en concepto de Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2019.
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s. Y advirtió que pretender aplicar el derecho penal a una persona por la sola razón de ser deudora de un impuesto es “ajeno a nuestro sistema constitucional”.
Los asesores de Susana Giménez llevaron a la justicia un reclamo denunciado que se trataba de un impuesto confiscatorio que afectaba su derecho de propiedad.
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“Resulta determinante la consideración de que la contribuyente Giménez Aubert no sólo no negó su conocida capacidad fiscal ni materializó ninguna conducta para desdibujarla, sino que en el ejercicio de su derecho constitucional de peticionar a las autoridades (artículo 14 de la Constitución Nacional) ocurrió ante un órgano jurisdiccional, reclamando aquello que consideraba ajustado a derecho, y que desde su perspectiva influía directamente sobre la determinación que correspondía hacerse del impuesto en cuestión”, se afirmó.
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Nos encontramos frente a una ciudadana que no realizó ninguna conducta pasible de ser considerada engañosa o ardidosa en los estrictos términos que reclama la ley penal -cuya interpretación extensiva se encuentra absolutamente vedada, como es bien sabido-, habiéndose limitado en cambió a canalizar su reclamo dirigido a morigerar la obligación tributaria, mediante la utilización de las herramientas legales adecuadas” declaró el juez.