El decreto para volver “servicio público” a las TICs fue anulado por la Justicia
Hicieron lugar a una medida cautelar presentada por un representante de la industria en Córdoba y requirieron al gobierno de actuar en base a los DNU que declararon servicio público a las telecomunicaciones.
El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) fue notificado por la Justicia de una resolución que devuelve a las empresas operadoras de cable y telecomunicacioes la potestad de fijar precios, al mismo tiempo que declaró inconstitucional el decreto que las transforma en servicios públicos.
De esta forma, la Justicia determinó la suspensión de los decretos 690 y 311 firmados por el presidente, Alberto Fernández, en agosto y los actos tomados en base a sus fundamentos.
Pasos para tramitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria de los TIC
El fallo ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom “abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”, informó la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).
El 1 de enero había comenzado a regir la resolución 1467/2020 a través de la cual el Gobierno impulsó una Tarifa Básica Universal para los servicios de Internet, televisión por cable y telefonía móvil.
La prestación podía ser solicitada por jubilados, beneficiarios de la AUH, monotributistas sociales, entre otros grupos. El fallo judicial les dio la razón a las empresas al asegurar que ENACOM no puede continuar dictando normas derivadas del DNU 690 ni las ya ejecutadas.
El Gobierno autorizó un aumento en los servicios de internet
La discusión fuerte comenzó luego de que el gobierno autorizara aumentos de entre 5 y 8%, lo que fue considerado insuficiente por las empresas de telecomunicaciones.
“La intervención estatal y el consecuente atraso en los precios, sumado al significativo aumento de los costos, muchos de ellos dolarizados, implican una disminución muy significativa de la generación de ingresos”, aseguraron desde ATVC.