Extienden los reintegros por consumos con tarjeta de débito
La medida beneficia a jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y a titulares de la AUH y de la asignación universal por embarazo.
El reintegro a sectores vulnerados por consumos realizados con tarjetas de débito estará vigente hasta el 30 de junio de 2022, dispuso la AFIP.
A través de la Resolución General 5119/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo resaltó que esa medida -vigente desde febrero de 2020- “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda” a esos sectores “y fomentar el uso de medios electrónicos de pago, por lo que se estima oportuno mantener su vigencia hasta el 30 de junio de 2022, inclusive”.
El régimen se estableció sobre una proporción de las operaciones que las personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en determinados comercios minoristas y/o mayoristas mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación, abiertas en entidades financieras
Así, el reintegro permite a las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo y a titulares de AUH y de la asignación universal por embarazo, acceder a un beneficio de hasta $1.200 mensuales, con un valor máximo de $2.400 para titulares de la AUH con dos o más hijos.
La extensión de la medida -que vencía el 31 de diciembre- ofrece un impulso adicional a los consumos que realizan todos los meses más de 1,3 millón de personas, estimó la AFIP. Además, el ente recaudador recordó que este año se incorporaron al reintegro las compras realizadas en farmacias, que se sumaron a las operaciones realizadas en mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes.
“La herramienta favorece el acceso a servicios financieros y así permite coadyuvar a la reducción de las brechas sociales, territoriales y de género”, consideró el organismo, en un comunicado.
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan sus compras con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o beneficiario de asignaciones universales. También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
El reintegro a sectores vulnerados fue creado por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva como una herramienta para apuntalar la demanda. El instrumento “complementa distintas políticas implementadas por el Gobierno y representa un mecanismo adicional para apuntalar la recuperación económica”, destacó la AFIP.
Para consultar si a una persona le corresponde acceder al reintegro por los consumos con tarjeta de débito debe ingresar la CUIL o la CUIT en www.afip.gob.ar/reintegro. Los reintegros se visualizan en el resumen de la cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda “Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541”.