Ordenan reconocer el tratamiento de fertilización asistida a una mujer soltera
Así lo resolvió un juez que hizo lugar al planteo de una afiliada que no tiene pareja conviviente. Es la tercera resolución de ese tipo en los últimos meses.
El juez en lo Civil y Comercial Pedro Boasso, ordenó al instituto Autárquico de Obra Social (Iapos) que brinde cobertura de un tratamiento de fertilización asistida a una mujer que no tiene pareja conviviente. Se trata del tercer fallo judicial en los tribunales de esta ciudad en el que se acepta una medida cautelar en favor de afiliadas a la obra social de los empleados públicos de la provincia.
Según publica hoy el portal “Tiempo de Justicia.com.ar”, esta nueva acción de amparo la presentó una afiliada de 46 años porque la institución había rechazado el pedido para le reconozcan un tratamiento porque según disposiciones internas no pueden acceder a ese tratamiento las mujeres que no se encuentren casadas ni posean pareja conviviente.
La Ley de Reproducción Medicamente Asistida incorpora la fertilización al denominado Programa Médico Obligatorio, estableciendo que la autoridad de aplicación no podrá introducir limitaciones en el estado civil. Teniendo en cuenta la edad de la amparista, el médico tratante aconsejó que el tratamiento no se dilate en tiempo.
En la resolución, el juez destacó que “la salud es un derecho de primerísimo nivel, unido de manera indisoluble a la vida, que se encuentra reconocido en la Constitución Nacional, y por los tratados internacionales que poseen jerarquía constitucional”.
La técnica de fertilización asistida a implementarse deberá llevarse a cabo implantando en la mujer todos los embriones que se logren mediante la técnica ICSI. El juez en lo civil y comercial Pedro Boasso hizo lugar al amparo y ordenó que la obra social deberá cubrir el 100% del costo del tratamiento de fertilización asistida.
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