La ANMAT prohibió la comercialización de avenas rotuladas como libres de gluten
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles “la elaboración, fraccionamiento y comercialización” de dos productos “en todo el territorio nacional”.
La Disposición 4014/2021 que fue publicada en el Boletín Oficial estableció la prohibición de “‘Avena Arrollada Fina, Libre de Gluten, RNPA: EX – 2021- 00766151-GDEBA-DIYPAMDAGP’, y ‘Avena Arrollada, Libre de Gluten, RNPA: EX – 2021 -00242429-GDEBA-DIYPAMDAGP’, ambos de la marca ‘Yin Yang’, elaborados por Dietética Científica Sociedad Anónima Comercial Industrial Financiera Inmobiliaria, RNE Nº 010225231, por carecer de registro de producto y por estar falsamente rotulados al consignar el atributo de Alimentos Libres de Gluten, resultando ser en consecuencia ilegales”.
“Las actuaciones se iniciaron raíz de varias consultas de consumidores realizadas ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al atributo libre de gluten de los productos que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente” dice la normativa.
Frente a ello, “se le solicita a la firma Dietética Científica Sociedad Anónima Comercial Industrial Fin Inm modificar la denominación legal de los productos atento que no puede contener el atributo ‘libre de gluten’, en virtud que la avena es un cereal incompatible con la definición y encuadre de los artículos 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino”.
La DIPA le solicitó a la empresa elaboradora que proceda al retiro preventivo del mercado nacional de todos los lotes de los productos en cuestión en un plazo de 48 y le solicitó que remita toda la información correspondiente de los lotes involucrados, cantidades afectadas de cada uno y el detalle de distribución.