La justicia falló a favor de Miguel Bosé y rechazó declarar su paternidad sobre los hijos biológicos de su ex, Nacho Palau
El alto tribunal fijó que los lazos afectivos no son suficientes para reconocer la paternidad de dos de los cuatro menores, aclarando que para ello debían haber adoptado.
El Supremo ha rechazado el recurso presentado por Ignacio Palau, ex pareja sentimental del cantante Miguel Bosé, en el que pedía que los dos fueran reconocidos como padres de los cuatro hijos que tuvieron en su día por gestación subrogada, de los cuales dos eran hijos biológicos de uno y otros dos, del otro.
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La Sala de lo Civil ha explicado que, “con independencia de las circunstancias del nacimiento de los hijos o del sexo de los progenitores, no es suficiente para establecer una filiación el mero vínculo socio-afectivo de los menores entre sí y con quien fue la pareja de su respectivo padre”.
“El ordenamiento español establece para estas situaciones el cauce de la adopción que pudieron seguir las partes durante la convivencia y que, una vez rota la pareja, es inviable”, indica la Sala Primera en una nota informativa.
Concluye la sentencia que el rechazo de la filiación reclamada no priva a los niños de sus derechos ni afecta a su identidad y que la opción mejor y más adecuada, en atención a todas las circunstancias concurrentes, es la que acogió la sentencia de primera instancia, mantenida en la de apelación, que garantiza el derecho efectivo de los menores a mantener vínculos y relacionarse con aquellas personas con las que les une una relación afectiva.
En primera instancia ya se dio la razón al cantante, y ahora se certifica y se fija un régimen de relación por medios telemáticos y visitas.