Media sanción a la emergencia de concursos preventivos y quiebras
Diputados le otorgó media sanción a la emergencia de concursos preventivos y quiebras hasta el 31 de marzo de 2021. Suspenden el cómputo de plazos procesales en todos los procesos y se suspenden la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidos los hipotecarios.
La cámara de Diputados le otorgó media sanción esta tarde, con una abrumadora mayoría, a la declaración hasta el 31 de marzo de 2021 de la emergencia de los concursos preventivos y quiebras.
La norma, que contó con 250 votos afirmativos y 2 abstenciones, abarca a los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y acuerdos preventivos extrajudiciales que se encuentren en trámite. También, a los comprendidos en los concursos preventivos que se peticionen y en los tramites de quiebra que se inicien desde la vigencia de la presente ley y hasta la fecha citada.
En una norma que se acordó en un trámite rápido, los diputados dieron media sanción y giraron al senado la ley que lleva como nombre “De Sostenimiento de la Actividad Económica en el marco de la Emergencia Sanitaria Pública Coronavirus – COVID 19 Emergencia para Procesos de Concursos y Quiebras”.
La norma establece la suspensión de todos los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras, incluidas las ejecuciones de garantías de cualquier tipo respecto de los fiadores, avalistas, codeudores y otros obligados respecto a las obligaciones de los sujetos concursados comprendidos en la emergencia.
Asimismo, la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquier origen.