Nahir Galarza vs Gabriel Cartañá: se complicó la situación del psicólogo de “Bendita TV”
La situación judicial de Gabriel Cartañá, el psicólogo del programa Bendita TV al que Nahir Galarza demandó, se complicó. Además de romper con el secreto profesional y ocasionar un daño por divulgar un diagnóstico, la querella también lo acusó del delito de falsificación de la firma de la demandante.
En enero de 2022 la mujer más joven en recibir una pena a prisión perpetua, Nahir Galarza, y tras una fallida audiencia de mediación inició una demanda judicial contra quien supo presentarse en los medios de comunicación como su psicólogo, Gabriel Cartañá, conocido por su rol de panelista de “Bendita TV” (Canal 9), el programa que conduce Beto Casella.
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La demanda contra el psicólogo venezolano (M.N. 32.810) está caratulada “Nahir Galarza C/ Cartañá Borlenghi Gabriel S/Daños y Perjuicios”, y tramita desde entonces en el Juzgado Civil y Comercial 4 de Paraná, a cargo de la jueza Elena Beatriz Albornoz.
Según manifiesto allí la joven, que será historia central de un docu reality internacional para Paramount (Kapow/Carmel) de una película para Amazon (Zeppelin Studio/Bilardo) y de una miniserie (BTF/Maradona), Gabriel Cartañá se ofreció en 2018 en forma insistente a efectuar unas pericias para la cual él realizaría tres viajes a visitarla en su celda de la Comisaría de la Minoridad y las Mujer en la ciudad de Gualeguaychú para realizarle extensas entrevistas y una batería de 12 test profesionales con la intención de que fueran sumadas al expediente y así poder el mismo Cartañá asistir al mediático juicio oral.
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Según manifiesto en su momento la defensa técnica de Galarza a través del doctor Horacio Dargainz (actual candidato a Intendente de Gualeguaychú), y tal consta en los registros de visitas, Cartañá solo le realizó dos entrevistas de 40 minutos, y luego envió “una pericia básica e incompleta en materia de los supuestos test que fue rechazada de plano y jamas se utilizó en el juicio oral.
En su demanda, Galarza y sus defensores, manifestaron que el psicólogo mediático utilizó ese vínculo para “revelar su intimidad violando el secreto profesional y las obligaciones como perito” presentandose a su vez en la televisión como “El Psicólogo de Nahir” sin aprobación alguna .
“La decisión es demandar en forma penal y civil para que ninguna otra mujer deba pasar por una vejación tal a su intimidad, ser vulnerada en espacios televisivos para beneficio económico, sin ningún tipo de escrúpulos e incumpliendo con el debido secreto profesional”, expresaron.
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Cartañá se defendió en los medios argumentando que la denuncia “es solo una maniobra de promoción y no va a prosperar”.
Asimismo, Nahir califico al licenciado Cartañá, según consta en el libro “El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático” de su ex vocero Jorge Zonzini, como “viejo buchón y farsante”, y habría celebrado al ver su acto de traición manifestando: “menos mal que no me abrí con él, para mí solo era un viejo baboso que decía las mismas boludeces que en Bendita TV”.
Ahora trascendió que Gabriel Cartañá contesto demanda, pidió que la causa en su contra tramitara en la ciudad Autonoma de Buenos Aires y no en Entre Rios y presentó un documento, que la querella denuncia apócrifo con una supuesta firma de Nahir Galarza aceptando que el psicólogo pudiera divulgar en los medios la intimidad de lo conversado durante la fallida pericia.
Cabe recordar que hace unos días se filtraron las verdaderas pericias realizadas en la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el prestigioso médico psiquiatra Enrique Stola y la reconocida perito psicóloga Alicia Castro donde entre otras patologías diagnosticaron en la joven esquizofrenia, juicio desviado y presunción de autismo genérico lo que se sumó a la causa contra Cartaña ya que debería, en caso de haberle realizado los test que menciono, advertir la condición en que psicológica y psiquiátricamente Galarza afrontó el juicio e informarlo a la justicia.
Por último se supo que a la ruptura del secreto profesional y el daño por divulgar un diagnóstico falaz sin autorización de una paciente, ahora, se suma a la acción penal el documento apócrifo con la falsificación de la firma de la demandante (ya peritado por peritos calígrafos de parte y oficiales) por lo que le podría caber a su vez el delito especificado en el artículo 172 del Código Penal que dictamina que “si el instrumento falso o ideológicamente falso (que tienen la misma pena) tiene como fin controvertir el objeto de la demanda, es una estafa procesal, que se comete al inducir mediante ardid o engaño a un Juez para que emita una resolución en perjuicio de la otra parte”.
Consultado el prestigioso abogado penalista, el Ramón Arigos, sobre las penas posibles para estos delitos sostuvo que “será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”.
También desde el entorno de Nahir trascendió que sumada la violacion del secreto profesional inicial con esta estafa procesal podrían ambos delitos actuar en concurso real y agravar la situación judicial del mediático psicólogo.
La Fundación Núcleo Humano acompañó la acción judicial inicial con una presentación ante el “Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Psicólogos de Buenos Aires”, denuncia similar a la que recibiera en 2017 el polémico psicólogo, también mediático, Gervasio Díaz Castelli por su accionar profesional en los días previos al suicidio de su paciente, la modelo Rocío Gancedo.