Piden informes a Formosa sobre los centros de aislamiento contra la Covid-19
La Corte Suprema adoptó la medida en el marco del conflicto de competencia surgido entre la justicia federal y la provincial en torno al habeas corpus presentado por el senador nacional formoseño Luis Naidenoff, quien denunció la falta de salubridad e higiene, entre otros aspectos, en los centros de aislamiento instalados en la provincia para combatir al coronavirus,
En su requerimiento, la Corte pidió a las autoridades formoseñas que informen si el Centro de Atención Sanitaria ubicado en el “Estadio Polideportivo Cincuentenario” fue “desactivado de manera definitiva o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios y, en tal caso, bajo qué pautas se procedería a su reapertura”.
Además, el máximo tribunal solicitó saber “si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones que las referidas por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa”, respecto del “Estadio Polideportivo Cincuentenario”.
Exhortó asimismo al gobierno provincial a controlar y prevenir la pandemia “con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales” que respeten “los derechos humanos”, y recordó “el deber impostergable que pesa sobre los tribunales de justicia de todo el país”, dentro de sus respectivas competencias, de “brindar efectivo amparo a las personas cuyos derechos se ven amenazados o han sido ya vulnerados.
Esta es la segunda intervención de la Corte Suprema en la situación registrada en Formosa ante las medidas implementadas para el control de la pandemia de coronavirus, ya que en noviembre del año pasado había ordenado al gobernador Gildo Insfrán que permita el ingreso a la provincia de las personas que se encontraban varadas en los límites y que estaban impedidas de acceder al territorio.
En su presentación, efectuada a principios de este mes, Naidenoff había denunciado las condiciones de alojamiento en el estadio Cincuentenario de la capital formoseña, que no cumplirían con los estándares mínimos de salubridad e higiene, lo cual “expone a los alojados a una mayor posibilidad de contagio de Covid-19”, y posteriormente amplió el hábeas corpus para extenderlo a otros centros.
El conflicto de competencia se originó cuando la justicia federal de Formosa rechazó la presentación y la envió a la justicia provincial, ante lo cual Naidenoff, apeló ante la Cámara de Casación Federal, que determinó que quien debía intervenir en el caso era la justicia federal.
Sin embargo, la justicia federal formoseña volvió a rechazar su competencia y así, con la apelación de la fiscalía de Estado de Formosa, se llegó a la Corte con el planteo.