Reformarían el Código Electoral para garantizar la participación de las mujeres en los cargos políticos
Cuando se producen vacantes o debe reemplazarse un/a diputado/a o un senador/a, como de hecho ha sucedido y hoy mismo está en debate a raíz del caso de Raúl Castells, -quien pretendería asumir una banca de la Cámara Baja de la Nación en acuerdo con la diputada electa Ramona Pucheta, que pertenece al movimiento social de Castells y renunciaría para favorecer a su jefe- se pone en juego la interpretación de las normativas del cupo femenino, que “no puede burlarse por ningún acuerdo intrapartidario”, según interpretan varios partidos políticos y hasta la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández, que siendo senadora impidió que el correntino Raúl “Tato” Romero Feris asumiera una banca en lugar de Isabel Viudez.
Ante estas situaciones, el diputado nacional Miguel Barrios (Partido Socialista-Santa Fe), impulsa este proyecto de ley, para garantizar a las mujeres la igualdad real de oportunidades en el acceso a los cargos públicos, se propone reformar el Código Electoral Nacional para resolver la tensión que se produce entre el ordenamiento de la lista de candidatos/as y el cupo femenino.
Se modificaría el artículo 157 de la Ley 19.945 para que “en caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de una senadora nacional, la sustituirá la suplente mujer de su lista. Si no quedaran mujeres en la lista, se considerará la banca como vacante” y se debería llamar a elecciones. Así, ninguna provincia ni la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán estar representadas en el Senado de la Nación por tres senadores/as del mismo sexo".
Algo similar se prevé para la Cámara Baja, cambiando el artículo 164, de manera que ante causas como las antedichas, si se debiera reemplazar una diputada nacional, “la sustitución solo podrá hacerse efectiva por la mujer que le siga en el orden de la lista. Para el caso que en el orden de sucesión no queden mujeres en la lista, deberá convocarse a elecciones en el distrito al que correspondiese la titular”.
Además de apoyarse en los dictados de la Constitución Nacional Argentina y en nutrida jurisprudencia internacional, los impulsores citan una investigación sobre configuración de género en las listas partidarias que muestra que “los partidos políticos continúan manteniendo una postura reacia a la integración del sexo femenino, sólo cumpliendo a rajatabla la mínima exigencia legal en sus boletas electorales”.
Y consideran “imprescindible garantizar los espacios logrados; que a las mujeres electas las reemplacen las mujeres de las listas, independientemente de las viscisitudes políticas circunstanciales y en un todo de acuerdo con la Constitución Nacional”.
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