Retiran del mercado un medicamento indicado para prevenir infartos y accidentes cardiovasculares
La decisión fue tomada luego de que se detectaran desvíos de calidad. El organismo controlador recomendó, además, no utilizar el lote detallado.
La Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir la comercialización de un medicamento para prevenir infartos y accidentes cerebrovasculares (ACVs).
El organismo retiró del mercado un lote de clopidogrel Rospaw luego de detectar “desvíos de calidad”, según detallaron en un comunicado oficial.
“Se informa a la población que la firma ROSPAW SRL ha iniciado, a solicitud de esta Administración Nacional, el retiro del mercado del producto rotulado como CLOPIDOGREL ROSPAW / CLOPIDOGREL (Hidrógeno Sulfato) 75 MG, comprimidos recubiertos, presentación hospitalaria por 1000 unidades, Lote: 073210 – Vencimiento: 12/2023, Certificado N° 54057”, detallaron.
Se trata de un producto antitrombótico/antiplaquetario, indicado para la prevención de los eventos aterotrombóticos (infartos de miocardio, accidente cerebrovascular y muerte vascular).
La medida fue tomada luego de que se detectaran desvíos de calidad en la identificación de sustancias relacionadas.
ANMAT se encuentra realizando el seguimiento del retiro del mercado y recomienda a la comunidad abstenerse de utilizar el lote detallado del producto.
Este lunes, la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país de diferentes productos y alimentos, entre ellos una marca de tapas de empanadas, varios aceites, un polvo para hornear, una sal del Himalaya y un producto calificado como “terapéutico”.
La ANMAT prohibió la venta de un queso rallado vegano, un aceite de girasol, un vinagre y un snack
El primero de los productos en ser prohibido en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento fue el “BIO HEALTH HERB, suplemento dietario probiótico, producido por CHICAGO, IL, USA”. Según se indicó, el mismo “carecía de registros sanitarios de establecimiento y producto”, por lo que resultaba un producto ilegal.
Asimismo, el “polvo para hornear libre de gluten sin TACC marca PROCAL Cont. Neto 50g, Elaborado por: Procesadora de Alimentos, Av. Calle Real 888, Merlo, pcia. de Bs.As, RNE 2906- 16162/14, RNPA 4076-4558” fue restringido como consecuencia de estar “falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes”.
Ocho marcas distintas de aceite de girasol fueron impactadas por la veda de ANMAT luego de que la entidad detectara que “carecían de registros de establecimiento y de producto”, al mismo tiempo que presentaban inconsistencias en los números de RNE y RNPA en sus rótulos.
A su vez, a través de la Disposición 423/2023, el organismo de control ordenó frenar la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio argentino de distintas conservas. Dicha medida incluyó a “Berenjenas”, “Berenjenas en aceite”, RNPA 02-570774, “Aceitunas verdes rellenas”, RNPA 02-570772, “Aceitunas verdes”, RNPA 02-570770 y “Ajíes en vinagre”, RNPA 03001163-5. Todos estos productos son pertenecientes a la marca Morando Alimentos, Fraccionado y Distribuido por Olivos del Sur Alimentos S.R.L., y, según se detalló, “carecían de registros sanitarios” y se encontraban “falsamente etiquetados al exhibir en sus rótulos números de RNE y de RNPA inexistentes”, por lo que resultan ser productos ilegales.
Algo similar ocurrió con una marca de sal del Himalaya, grano fino, producto de Pakistán, la cual fue prohibida en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento ya que dicho producto estaba “falsamente rotulado, inducía al engaño e indicaba propiedades terapéuticas”. En consecuencia, el mismo “no podrá ser comercializado ni expendido en el territorio de la República”, dado que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.
ANMAT, además, restringió la venta y comercialización de la “maca negra en polvo, micropulverizada, tostada, Lepidium meyenil”, la cual aclara en su etiqueta que es un “suplemento natural 100% puro”. Sin embargo, el organismo señaló que “no consigna en el rótulo la información obligatoria, induce al engaño e indica propiedades terapéuticas”, siendo calificado, así como un producto ilegal.
Finalmente, el último producto prohibido por la entidad de control fueron las “tapas para empanadas, criollas para freír, marca Sol Dorado. Elaborado y distribuido por EL SOL DORADO, RNE 02-583732, Hab. Municipal: 4074-2306-2013”.
Según explicó el organismo, dicha prohibición surge de “no poder garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, al mismo tiempo que “exhibía en sus rótulos números de registros inexistentes”.