Uruguay aprobó la donación cruzada de órganos
La Cámara de Senadores de Uruguay aprobó un proyecto de ley que autoriza la donación cruzada de órganos entre parejas de donante/receptor que resultan incompatibles por cuestiones biológicas.
La lista de espera de pacientes que esperan un transplante de órgano o tejido en Uruguay es de, actualmente, casi 480 personas. En 2018 se realizaron 158 transplantes renales, 14 transplantes de corazón, 5 transplantes de pulmón y 24 transplantes de hígado, indica el Instituto Nacional de Donación y Transplante de Células, Tejidos y Órganos en Uruguay.
Con respecto al transplante de riñón, los niños tienen una espera promedio de un año y medio, en caso de ser designados como casos prioritarios. Mientras el transplante no sucede, las personas deben someterse a la diálisis. De hecho, el Fondo Nacional de Recursos invierte 60 millones de dólares en financiar este tipo de tratamientos. Muchos de esos pacientes en los que se gasta dinero en diálisis están en lista de espera para recibir un transplante.
Este gasto representa un 30% del gasto anual del Fondo que supera, incluso, al propio gasto en transplantes de órganos. Los 152 transplantes renales en 2019 costaron aproximadamente 8 millones de dólares americanos.
En ese marco, el caso de una niña de ocho años inspiró el proyecto, impulsado por la senadora del Partido Nacional (el mismo al que pertenece el presidente Luis Lacalle Pou), Carmen Asiaín. Lourdes Ubillos nació con una insuficiencia renal que fue empeorando con los años y, actualmente, se trata con hemodiálisis para vivir, mientras espera en la lista de transplantes de riñón.
Su padre, dispuesto a donarle uno, no puede hacerlo por incompatibilidad y su madre, que sí es compatible, no puede hacerlo por prescripción médica, informó la senadora Asiaín en la exposición de motivos para modificación de la ley. Su hermana, además, es menor de edad por lo que tampoco estaría habilitada a hacerlo.
No existe otra persona que pueda donarle un riñón, avalado por la ley, así que su salud se deteriora lentamente mientras espera en la lista de transplantes renales.
Según la ley en Uruguay, se restringen las donaciones de órganos a parientes por consanguinidad o afinidad hasta un cuarto grado, o cónyuge o concubino.
Pero existe el recurso de donación cruzada. Esto se define como “el intercambio de órganos que se lleva a cabo cuando un donante vivo es incompatible por su par receptor, pero compatible con el receptor de otro par donante/receptor a su vez incompatibles entre sí, y/o redunde en beneficios inmunológicos, infectológicos y etarios equitativamente”, según la revista de la Asociación Nefrológica de Buenos Aires.
Lo que propone el proyecto de ley sustitutivo (cambia el artículo 13 de la Ley Nº 14.005, de 17 de agosto de 1971, en la redacción dada por el artículo 6º de la Ley Nº 17.668, de 15 de julio de 2003) es que en estos casos se habilite la donación cruzada. “Es como que le donara a mi receptor, pero el órgano va para el receptor de otra pareja, y viceversa”, dijo Asiaián a el diario El País. Agregó que “lo que proponemos es ampliar las posibilidades de la donación”.
Ya aprobado por la Cámara de Senadores, el proyecto pasará al plenario del Senado. “Yo en realidad quería que fuera mucho más abierto, y que no se quedara solamente en dos parejas, sino que fuera mucho más en cadena, pero el Instituto Nacional de Donación se opuso, y no íbamos a legislar sin que estuvieran de acuerdo”, comentó la senadora.
Países como Holanda, Turquía, Noruega, Corea del Sur, Estados Unidos, Gran Bretaña y recientemente Argentina han implementado el recurso de la donación cruzada como solución a este tipo de casos.