Con protocolos, los los chilenos podrán votar en la Argentina
Así se estableció a través de la Decisión Administrativa 708/2021, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del canciller Felipe Solá, publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional habilitó este viernes el desarrollo de las elecciones primarias presidenciales de la República de Chile, previstas para el próximo domingo, en el país, en el contexto de la pandemia de coronavirus, y bajo la aplicación de los protocolos previstos.
Así se estableció a través de la Decisión Administrativa 708/2021, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del canciller Felipe Solá, publicada en el Boletín Oficial.
Chile define este domingo en las primarias presidenciales quiénes serán los abanderados de la derecha y de la izquierda en la elección de noviembre, en una elección que no es obligatoria para los partidos, y en la que se prevé una baja participación ciudadana.
Chile define este domingo en las primarias presidenciales quiénes serán los abanderados de la derecha y de la izquierda en la elección de noviembre, en una elección que no es obligatoria para los partidos
La norma publicada este viernes exceptúa de la suspensión prevista en el DNU que mantiene prohibidas, en las zonas de alto riesgo epidemiológico de país, la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.
En su artículo 1, la norma establece que la excepción se realiza “con el fin de posibilitar el sufragio de ciudadanas chilenas y ciudadanos chilenos residentes en nuestro territorio y al solo efecto de su participación en dicho acto electoral, incluyendo las actividades previas y posteriores que el desarrollo del mencionado acto comicial requiera”.
En tanto, se indica que los “desplazamientos en el servicio público de transporte de pasajeros” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada”.
Los “desplazamientos en el servicio público de transporte de pasajeros” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada”
La actividad deberá desarrollarse “de conformidad con el Protocolo Sanitario Primarias Presidenciales–Locales de votación en el Extranjero– Resumen Medidas Sanitarias, que figuran en el anexo de la norma publicada.
Además se recuerdan allí “recomendaciones para la celebración de elecciones de autoridades de países extranjeros en el territorio argentino en el marco de Covid-19, aprobadas por la Decisión Administrativa N° 1856/20”.